Tal y como recoge la Regla 32 de la Antigua y Fervorosa Hermandad del Dulce Nombre del Niño Jesús, Nuestro Padre Jesús Nazareno, María Santísima de los Dolores, San Juan Evangelista y Santa Ángela de la Cruz, ésta Cofradía elabora el siguiente Reglamento de Salida de Cofradía con arreglo a las siguientes Normas:
- Ésta Hermandad saldrá en procesión de penitencia por el itinerario que acuerde la Junta de Gobierno, en la tarde del Martes Santo de cada año, acompañando a nuestras Sagradas Imágenes (Nuestro Padre Jesús Nazareno y María Santísima de los Dolores). Previamente se celebrará una Misa preparatoria de la Estación de Penitencia.
- Todos los hermanos, sin distinción de sexo, que tengan cumplidos como mínimo seis años de edad, tienen derecho a tomar parte en la procesión de penitencia del Martes Santo, vistiendo la túnica de la Hermandad, ocupando en ella el sitio que le corresponda con arreglo a este Reglamento, siempre que su comportamiento en años anteriores no les haga perder éste derecho.
- 1) El hábito de nazareno con el que los cofrades han de formar en la procesión de penitencia, consta: a) de túnica blanca del tejido llamado hilo gallego o similar, con botones morados; b) antifaz con capirote de 80 cm. de alto, en tela morada y del mismo tejido que la túnica, sobre el que se colocará a la altura del pecho el primitivo escudo de la Hermandad; c) cíngulo morado; d) calcetines blancos y calzado negro; e) capa morada en el mismo tejido que el antifaz, con el escudo de la Hermandad descrito en la Regla 4ª, a la altura del hombro izquierdo; f) y por último, guantes blancos. 2) Los hermanos/as menores de seis años que deseen formar parte en la Estación de Penitencia podrán hacerlo vistiendo hábito de monaguillo que estará formado por: a) túnica morada del tejido llamado hilo gallego o similar, con botones morados; b) roquete con encajes en tela blanca del mismo tejido que la túnica; c) esclavina morada del mismo tejido que la túnica con el primitivo escudo de la Hermandad, en la delantera izquierda de la misma; d) y por último calcetines y calzados negros.
- Los Hermanos/as con derecho a asistir a la procesión de penitencia, tendrán que hacerlo investidos necesariamente del hábito de nazareno. Sólo se exceptúa al Director Espiritual y cualquier personalidad civil o eclesiástica que con carácter oficial pudiera formar en la procesión y a la que su elevada jerarquía exima de ésta obligación. No vestirán el hábito nazareno los capataces y contraguías de los pasos procesionales, así como dos hermanas que irán representando a la Verónica y a la Fe.
- Como el más importante acto de culto y razón fundamental de la constitución de la Hermandad, todos los hermanos/as harán público testimonio de su fe y harán penitencia saliendo en procesión, en la tarde del Martes Santo a las nueve de la noche recogiéndose la procesión en la madrugada del Miércoles Santo.
- La procesión irá encabezada por la Cruz de Guía y figurarán en ella necesariamente el estandarte y el guion del Dulce Nombre del Niño Jesús creado como recuerdo de la fusión con la Hermandad de dicho título. Deberán figurar también en el cortejo la Bandera Morada, el Simpecado y el libro de reglas de la Hermandad. A uso y costumbre de las cofradías sevillanas, podrán figurar en el mismo, la Cruz Parroquial, el Senatus, el guion de la juventud y cuatro bocinas. En el cortejo la Verónica portará un paño blanco pintado con la cara de Nuestro Señor Jesucristo y la Fe portará un cáliz y una cruz de plata o metal plateado.
- Las insignias irán en la procesión flanqueadas por hermanos/as con varas, que serán de plata o metal plateado y estarán rematadas por el escudo de la Hermandad.
- La cruz de guía y el simpecado podrán ir flanqueados por hermanos/as con faroles, que serán de plata o metal plateado.
- Las Hermanas que vayan representando a la Verónica y a la Fe irán flanqueadas por dos hermanos/as, cada una, y portando varas de la Hermandad.
- Delante de las Sagradas Imágenes Titulares irán sendas presidencias de cinco hermanos/as con varas. La del cortejo que precede a la Imagen de la Santísima Virgen corresponde irrenunciablemente, al Hermano Mayor, los dos Consiliarios, Mayordomo Primero y Censor – Fiscal, sustituidos en caso de imposibilidad por: Teniente de Hermano Mayor, Secretario Primero, Secretario Segundo, Mayordomo Segundo y Diputado de Cultos y Caridad respectivamente. Las varas de ésta presidencia serán de plata o metal plateado rematadas con el escudo de la Hermandad. La vara de los dos Consiliarios tendrá el escudo de la Hermandad en dorado. La vara del Hermano Mayor será totalmente dorada.
- Al lado de las maniguetas de los pasos procesionales podrán figurar ocho hermanos/as (cuatro en cada paso) vistiendo el hábito de nazareno sin capirote. Igualmente, dos servidores o Sediarii podrán figurar delante de cada paso y de la cruz de guía, a modo de guardia de los mismos, de acuerdo con la Bula otorgada a la Archicofradía de Ntro. Padre Jesús Nazareno “El Silencio” por S.S. Pío VII en 1812. Para una mayor consonancia con el concepto de Hermandad, los pasos de Nuestros Amantísimos Titulares serán portados por hermanos con idoneidad para ello. En caso de justificada necesidad, u otras circunstancias suficientemente motivadas, la Junta de Gobierno quedará abierta a otras soluciones. Si las Imágenes fuesen llevadas en andas por los hermanos de la Hermandad, se destinarán a ello los manigueteros necesarios.
- Los hermanos que no porten insignias o varas, ni tengan asignada otra función en el cortejo, llevarán a su voluntad cirios o cruces penitenciales. Los cirios serán de cera y de color morado o blanco, según figuren en el cortejo que precede, respectivamente, a las Imágenes de Nuestro Padre Jesús Nazareno o de María Santísima de los Dolores. Las cruces penitenciales serán de madera teñida de negro y de muy aproximados peso y dimensiones, y cada una llevará pintada el escudo de la Hermandad, por las dos caras, en el lugar donde se cruzan el asta y los brazos.
- Las Hermandades o Cofradías con las que nos una algún vinculo podrán hacerse representar en el cortejo por un máximo de cinco hermanos que, vistiendo el hábito propio, porten el estandarte y varas de aquellas. Su lugar en el cortejo será el inmediatamente anterior al Estandarte de la Hermandad y, si fuesen varias, se cederán entre sí la preferencia según la antigüedad de cada una de ellas.
- El cortejo procesional llevará el siguiente acompañamiento musical: Banda de Cornetas y Tambores tras el paso del Señor y Banda de Música tras el paso de Virgen que interpretarán composiciones musicales acordes con el sentir penitencial de nuestra Hermandad. La Banda de Cornetas y tambores podrá ser suprimida si recae acuerdo en Cabildo General Extraordinario para tal fin.
- Ningún hermano adquirirá derecho alguno a figurar en el cortejo con insignia o puesto determinado, salvo por su cargo en la Junta de Gobierno en los casos expresamente mencionados en estas normas. El Cabildo de Oficiales resolverá toda cuestión que pueda suscitarse sobre el particular con base en la antigüedad de los hermanos, pero dejando siempre a salvo el interés y la conveniencia de la Hermandad.
- Para poder ser Verónica o Fe en el cortejo procesional de nuestra Hermandad habrán de cumplirse los siguientes requisitos: Ser Hermana de nuestra Hermandad. Ser mayor de dieciséis y menor de veintiséis años en el momento de cursar la solicitud. No haber ocupado alguno de éstos puestos en cofradías de años anteriores. Cursar la correspondiente solicitud al Secretario de la Hermandad, en el mes de mayo del año anterior en que se quiera ser Verónica o Fe.
- Una vez recibidas las solicitudes para ser Verónica o Fe, la Junta de Gobierno nombrará a las Hermanas que ocuparán dichos puestos en la cofradía según lo siguiente: Si solo existiese una solicitud para Verónica y otra para Fe se les nombrará automáticamente. Si existiese más de una solicitud para Verónica o para Fe se considerará dentro de cada solicitud lo siguiente: Se elegirá a aquella hermana que por su dedicación, entrega, sacrificio y devoción hacia nuestra Hermandad y sus Imágenes titulares, pueda demostrarse y haberse observado durante más de ocho años. Si la Junta de Gobierno observara una equiparación entre las solicitantes con respecto al punto anterior o no hubiese ninguna que lo cumpliese, se nombrará a la Hermana con más antigüedad. Dentro de la misma antigüedad se nombrará a la Hermana de mayor edad. Dentro de la misma antigüedad y misma edad se procederá a un sorteo en presencia de las interesadas. Si la Estación de Penitencia fuese suspendida antes de su inicio, las Hermanas que representan a la Fe y a la Verónica en ese año podrán representar a éstas figuras alegóricas al año siguiente. La Junta de Gobierno elaborará cada año, atendiendo a las solicitudes cursadas y a las normas establecidas, una lista de suplentes a Verónica y otra de suplentes a Fe a fin de sustituir a las nombradas oficialmente en caso de imposibilidad de última hora.
- El orden y compostura del cortejo procesional, el exacto cumplimiento del horario establecido y la resolución de las incidencias que puedan sobrevenir durante la estación penitencial estarán encomendados a un grupo de hermanos llamados celadores, los cuales serán designados por el Cabildo de Oficiales a propuesta del Diputado Mayor de Gobierno. Bajo las órdenes de éste, cada celador tendrá directamente a su cargo un tramo de nazarenos, sin que pueda abandonarlo salvo por expresa indicación de aquél.
- De entre los celadores, el Cabildo de Oficiales designará, cada año, también a propuesta del Diputado Mayor de Gobierno, al llamado Diputado de Cruz que abrirá marcha de la procesión y cuidará del itinerario y horarios fijados.
- En previsión de cualquier incidencia a la que haya que poner remedio de inmediato, en la Estación de Penitencia los Priostes procurarán no vestir el Hábito de Nazareno, de hacerlo, nombrarán a una persona de toda confianza de la Junta de Gobierno para solventar la incidencia que se produzca. El Cabildo de Oficiales designará, cada año, a propuesta del Hermano Mayor, los puestos de Fiscales de los Pasos, que en la Estación de Penitencia cuidarán del transporte de las Sagradas Imágenes, regulando su marcha y paradas, y exigiendo de quienes las porten, a través en su caso del capataz, el exacto cumplimiento de las normas establecidas por el Cabildo de Oficiales. El Fiscal del paso o andas de la Santísima Virgen cuidará también del cumplimiento del horario establecido para el final de la procesión.
- Ningún hermano se acercará a las Imágenes o marchará junto a ellas, excepto el Diputado Mayor de Gobierno, los Priostes y los manigueteros.
- El Diputado Mayor de Gobierno, como responsable de todo el cortejo, podrá recorrerlo cuando lo crea necesario, marchando por dentro de las filas de hermanos.
- El frente de las Imágenes sólo será ofrecido al Santísimo Sacramento, a su Majestad el Rey, a miembros de la Casa Real Española, al ordinario de la Diócesis y a las representaciones de otras Hermandades que, corporativamente, reciban a la Cofradía ante sus Imágenes Titulares, siempre y cuando se esté cumpliendo el horario establecido.
- Los hermanos que porten cirios los llevarán horizontales y suspendidos. Las cruces penitenciales se llevarán con el asta o brazo largo hacia detrás, en la misma forma que aparece llevándola la Imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno.
- Los hermanos que porten cirios y cruces penitenciales marcharán en doble hilera y por parejas. Si quedase algún hermano sin poder formarla iría en medio de la última.
- Al regresar a la Parroquia los hermanos permanecerán en ella con el antifaz puesto hasta que lleguen a su domicilio. Si desean quitárselo deberán despojarse igualmente del hábito nazareno.
- La suspensión de la Estación de Penitencia, sólo podrá hacerse por verdadera causa de fuerza mayor. Cuando esta suspensión haya de decidirse en el momento mismo de la salida, será acordada por la Junta de Gobierno, siendo válido el acuerdo que por mayoría adopte en este caso cualquiera que sea el número de miembros que concurran. De acordarse la suspensión, se reemplazará la procesión por unos ejercicios piadosos en el interior del templo, dirigidos por el Director Espiritual o quien haga sus veces. Si una vez iniciada, se interrumpiese y el cortejo regresase a la Parroquia, se dará por finalizada aquella. Si la Cofradía hubiese de buscar cobijo accidental para sus Imágenes e insignias en algún templo u otro lugar del recorrido, corresponderá al Hermano Mayor decidir si los hermanos esperan en sus respectivos sitios la reanudación de la Estación de Penitencia o si se disgrega el cortejo, porque dicha espera se previese larga y penosa. En éste caso se dará por finalizada la estación, y el Cabildo de Oficiales dispondrá lo necesario para reintegrar cuanto antes a la sede de la Cofradía a las Imágenes de sus Titulares, haciéndolo siempre en forma de procesión en la que, como únicas insignias, figurarán la Cruz de Guía, el estandarte y el Guion del Dulce Nombre del Niño Jesús, y en la que se integrarán los hermanos y, en su caso, todo fiel que lo desee, sin vestir hábito penitencial alguno, acompañándolo con cirios.
- El Secretario levantará acta de la salida procesional anual haciendo constar los nombres de los hermanos que hayan participado en la misma y las incidencias que hayan podido acaecer. En caso de suspensión, se hará constar por medio de la correspondiente diligencia, con mención de las circunstancias que la hayan motivado.
- Para que la Estación de Penitencia pueda ser variada, por voluntad de la Hermandad y sin mandar mandato del Prelado, del Martes Santo a otro día cualquiera dentro de la Semana Santa es indispensable, además de la autorización de la Jerarquía Eclesiástica, que recaiga acuerdo en Cabildo General Extraordinario, celebrado a tal fin.
- El Cabildo General podrá suspender en situaciones que no sean de carácter urgente o de emergencia, la Estación de Penitencia en la Semana Santa.
- El Diputado Mayor de Gobierno organizará la Estación de Penitencia siendo responsable ante la Junta de Gobierno del desarrollo de los actos procesionales, en cuanto al cumplimiento del horario, orden, disciplina, observancia de normas y porte religioso; quedando facultado, mientras la cofradía esté en la calle, y siempre de acuerdo con el Hermano Mayor, para adoptar aquellas medidas de carácter urgente que fueren necesarias para el mejor logro de su cometido. En caso de vacante, la Junta de Gobierno nombrará a un hermano para que le sustituya hasta el final del mandato. Si la eventualidad surgiera durante la Estación de Penitencia, será sustituido por el Mayordomo Primero.
- Si algún hermano faltase a lo preceptuado en estas ordenanzas aparte de la falta moral en que incurre, quedará sujeto a las consecuencias que resulten. Si la falta es durante la Estación de Penitencia, por el Diputado de Tramo o por el Diputado Mayor de Gobierno, le será retirada la Papeleta de Sitio para tener conocimiento exacto del hermano y pasarla posteriormente a la Junta de Gobierno conforme a lo que se determina en las Reglas. Si la falta es cometida fuera de la procesión, le será retirada igualmente la Papeleta de Sitio por cualquier hermano, si su conducta diere lugar a ella, y a los mismos efectos.
- Orden de las insignias en el cortejo procesional: En el cortejo que precede a la Imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno, el orden que al presente se impone de las insignias es el siguiente: Cruz de Guía, Senatus, Guion del Dulce Nombre del Niño Jesús, Verónica, Bandera Morada y Bocinas. La presidencia sigue a las bocinas. Los acólitos con incensarios y ciriales, como prevé la liturgia, anteceden inmediatamente al paso procesional y caminan tras la presidencia. En el cortejo que precede a la Imagen de María Santísima de los Dolores se guarda el siguiente orden de insignias: Cruz Parroquial, Simpecado, Guion de la Juventud, Fe, Libro de Reglas, Estandarte y Bocinas. La presidencia sigue a las bocinas. Los acólitos con incensarios y ciriales siguen a la presidencia. La Cruz Parroquial es acompañada de dos acólitos con ciriales.
- Las varas de la presidencia que precede a la Imagen de Nuestro Padre Jesús Nazareno serán de plata o metal plateado, rematadas con el antiguo escudo de la Hermandad. Los Celadores portarán palermos de cera morada o blanca según vayan en los cortejos de Ntro. Padre Jesús Nazareno o en el de Mª Stma. de los Dolores, respectivamente. Los Fiscales de los pasos procesionales llevarán palermos de plata o metal plateado. El Diputado Mayor de Gobierno portará un palermo de plata o metal dorados.
- Las presentes Normas sustituyen a las de fecha 27 de marzo de 1992, aprobadas por la Junta de Gobierno, que regían a ésta Hermandad y que quedan anuladas en su totalidad.